top of page

             ¿QUÉ ES UNA COOPERATIVA DE VIVIENDAS?


Una Cooperativa de Viviendas es una sociedad con personalidad jurídica propia, formada por un conjunto de personas -los socios cooperativistas- cuyo interés es satisfacer su necesidad de vivienda, siendo sus características principales su funcionamiento democrático, que cada socio tiene un voto, y que su capital social es variable. A parte de esto, las cooperativas de viviendas operan en el mercado como las demás sociedades, y, como éstas, están sujetas a los riesgos propios de la actividad que realizan.

 

 

 

 

 


 

¿QUE VENTAJAS TIENE ADQUIRIR UNA VIVIENDA EN REGIMEN DE COOPERATIVA?

 

La principal ventaja de adquirir en régimen de cooperativa es el precio, que es siempre el coste de la vivienda, es decir, el precio de la vivienda recoge el total coste de la Promoción, sin aplicarle ningún beneficio, ni depender de la oferta y la demanda. En definitiva, el "beneficio" que se paga a un promotor tradicional, repercute en el propio socio promotor. Por otra parte, al ser los socios los promotores, hay una mayor participación del socio en el proceso de construcción de su vivienda, mediante participación democrática.
 

PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE UNA VIVIENDA LIBRE Y UNA DE VPO/VPP/VPT?

 

Las viviendas de  VPPL, VPPB, y otras denominaciones similares son, en general, "vivienda  protegida".

Estas viviendas se diferencian del resto - es decir de las viviendas "libres" -  básicamente en lo siguiente:

• Para poder adquirirlas, sus adquirentes deben cumplir una serie de requisitos en cuanto a nivel de renta y propiedad de otras viviendas.
• Tienen un precio máximo de venta y renta.
• Pueden tener otras limitaciones legales para su transmisión, alquiler, etc.

 

 

                 LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS

             ¿SÓLO HACEN   VIVIENDA PROTEGIDA?

 

En absoluto. Las Cooperativas pueden promover cualquier tipo de vivienda, o incluso locales para sus socios cooperativistas.

 

Aunque estamos muy orgullosos de nuestra viviendas protegidas, la mayor parte de las viviendas entregadas por Teresa de Avila son viviendas libres.

 

 

 

¿PUEDO YO ACCEDER A UNA VIVIENDA PROTEGIDA?

 

Dependerá de si cumples los requisitos que exige la legislación aplicable en cada momento.


En general, para poder adquirir una vivienda protegida es requisito no poseer ya otra vivienda.

 

También es necesario tener un nivel de rentas familiares que no supere un límite establecido.

Puesto que hay excepciones a lo primero y es preciso calcular lo segundo en función de la composición de tu unidad familiar, si tenemos promociones de vivienda protegida abiertas a adjudicación, estudiaremos tu caso particular, con el fin de indicarte si cumples los requisitos para poder ser adjudicatario, de acuerdo con la legislación aplicable en ese momento.

 

 

TENGO INTERÉS EN LA COOPERATIVA, ¿CÓMO PUEDO HACERME SOCIO?
 

Hasta la apertura de una promoción de viviendas que por localización, condiciones económicas, etc, fuera de tu interés, permanecerás en la Cooperativa como inscrito o expectante.

 

Para apuntarte como tal contáctanos A TRAVÉS DE NUESTRO TLFNO. 91 433 58 10 o NUESTRO MAIL INFO@TERESADEAVILA.COM  y a vuelta de correo te remitiremos un cuestionario que nos servirá para conocer mejor la vivienda que deseas y adaptar nuestra oferta a vuestra demanda. Con él te inscribiremos para poder informarte de la apertura de nuevas promociones.


Tambien puedes visitarnos en nuestras oficinas (C/ POETA ESTEBAN DE VILLEGAS Nº 12 BAJO, de MADRID) de lunes a viernes, de 09 a 14:30 horas.

La condición de socio se adquiere previa solicitud al Consejo Rector una vez que se te adjudica una vivienda en una nueva Promoción, o a la firma del título de adhesión a la misma,  y previo pago de la aportación obligatoria  al capital social de la Cooperativa.

 

 

 

¿ SI SE ME ADJUDICA UNA VIVIENDA EN UNA PROMOCIÓN, PODRÉ RECUPERAR MI DINERO SI QUIERO DARME DE BAJA?

 

Cuando un socio solicita la baja de la Cooperativa, las cantidades que se aportan para la adjudicación de la vivienda se le devuelven cuando otro socio le sustituye en la misma, subrogándose en sus derechos y obligaciones, y en los términos previstos en los Estatutos que rigen el funcionamiento de la Cooperativa.  Un ejemplar de los mismos se te entregará a la solicitud de admisión como socio.

 

 

 


 

¿PUEDO INTRODUCIR MEJORAS O REFORMAS EN MI VIVIENDA?

 

Hasta la fecha, en todas las Promociones de la Cooperativa se han podido introducir reformas o mejoras en las viviendas. El Consejo Rector, junto con la Dirección técnica, establecerá cuáles y el modo de solicitarlas.

 

 

 

 

 


 
bottom of page